El Congreso del Estado de Chihuahua aprobó una reforma al Código Penal y a la Ley Estatal del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Vio...
El Congreso del Estado de Chihuahua aprobó una reforma al Código Penal y a la Ley Estatal del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el objetivo de reconocer la legítima defensa cuando una víctima haya sufrido previamente violencia feminicida por parte de su agresor. La diputada María Antonieta Pérez Reyes presentó el dictamen que adiciona un tercer párrafo al artículo 28 del Código Penal y redefine la violencia feminicida como la forma extrema de violencia de género que pone en riesgo la vida de mujeres, adolescentes y niñas.
De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2021, el 70.1% de las mujeres de 15 años y más han enfrentado al menos una situación de violencia, mientras que en 2024 los Centros de Justicia para las Mujeres atendieron a más de 638 mil víctimas. Pérez Reyes advirtió que la legislación penal sigue fragmentada y que los procedimientos abreviados y la prisión preventiva afectan de manera desproporcionada a mujeres indígenas, pobres y trabajadoras sexuales.
La diputada recordó el caso de María Guadalupe, joven de 19 años en Chihuahua que en 2015 fue sentenciada por “homicidio en riña” tras defenderse de su pareja violenta, lo que generó indignación y llegó hasta instancias internacionales como el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW).
La reforma busca que la valoración de pruebas en situaciones de legítima defensa se realice con perspectiva de género, especialmente en contextos de violencia doméstica y relaciones abusivas, fortaleciendo así la protección legal de las mujeres en el estado.

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